- Estudiaremos en profundidad la documentación y los informes médicos de su caso para ofrecerle un análisis honesto y profesional sobre las posibilidades de éxito de su reclamación, sin coste inicial.

Abogados especialistas en bajas laborales en Sevilla
¿Tiene problemas con su baja laboral o alta médica indebida en Sevilla? Defendemos sus derechos
Defensa experta frente a altas médicas indebidas
¿Le han dado el alta, pero la realidad es que no se siente en absoluto preparado para volver a trabajar? Comprendemos perfectamente la angustia y la sensación de injusticia que esta situación genera.
Verse forzado a reincorporarse antes de tiempo no solo es un riesgo evidente para su salud, sino que además significa que dejará de percibir la prestación económica justo cuando más la necesita. Es una decisión que le deja en una posición de total vulnerabilidad.
Por eso, es fundamental actuar sin perder un minuto. Nuestro equipo de abogados de Seguridad Social en Sevilla está para ayudarle precisamente en esto: nos moveremos de inmediato para impugnar esa alta médica y pondremos en marcha todos los trámites legales para anularla.
La ley es muy estricta y los plazos para reclamar son muy cortos, por lo que cada día cuenta. Nuestra única prioridad es defender su derecho a una recuperación completa y digna. Lo primero es su salud, y lucharemos para que pueda recuperarse sin presiones antes de tener que pensar en volver al trabajo.
Nuestros servicios
Ofrecemos una cobertura legal integral para todas las cuestiones relacionadas con su baja laboral. Nuestra especialización nos permite abordar cada caso con la máxima solvencia y rigor.
Gestión y reclamaciones
Nos encargamos de toda la gestión y comunicación con la mutua colaboradora y el INSS. Si su solicitud de baja es denegada, si le citan para revisiones que considera abusivas o si surgen discrepancias sobre el tratamiento, interponemos las reclamaciones pertinentes para salvaguardar sus derechos y asegurar que el proceso se desarrolle conforme a la legalidad.
Determinación de contingencias
La diferencia entre una baja por contingencias comunes (enfermedad común, accidente no laboral) y una por contingencias profesionales (accidente de trabajo, enfermedad profesional) es determinante, ya que afecta directamente a la cuantía de su prestación. Si su baja, originada en el entorno laboral, ha sido calificada incorrectamente como común, lucharemos por el reconocimiento de la contingencia profesional para que perciba el 100% de su base reguladora desde el primer día.
Asesoramiento en prórrogas y propuestas de incapacidad permanente
Cuando una incapacidad temporal se prolonga, es vital contar con un asesoramiento experto. Le asistimos durante todo el proceso, desde la gestión de las prórrogas necesarias hasta el momento en que se alcanza el plazo máximo y el INSS debe valorar una posible propuesta de incapacidad permanente. Le representamos ante el Tribunal Médico (EVI) para defender que sus secuelas le impiden desarrollar su profesión.
Protección frente al despido
La ley protege al trabajador en situación de baja laboral. Un despido motivado por la propia enfermedad o ausencia puede ser declarado nulo, lo que implicaría la readmisión inmediata en su puesto y el abono de los salarios de tramitación. Si ha sido despedido durante una baja, analizaremos su caso para determinar la viabilidad de una reclamación por despido nulo por vulneración de derechos fundamentales.
El proceso para defender sus derechos
- Le guiaremos en la obtención de todos los informes, pruebas diagnósticas y documentos necesarios para construir una defensa sólida y contundente que respalde su situación clínica.
- Antes de acudir a la vía judicial, agotamos todas las posibilidades de negociación y presentamos las reclamaciones administrativas previas obligatorias, buscando una solución favorable de la forma más ágil posible.
- Si no se alcanza un acuerdo, nuestros abogados le representarán con la máxima solvencia ante los Juzgados de lo Social de Sevilla, defendiendo su caso con todos los argumentos fácticos y jurídicos hasta obtener una sentencia favorable.
Opiniones de nuestros clientes
Preguntas frecuentes
El plazo es crucial y varía según la vía. Para mostrar su disconformidad ante la inspección médica, el plazo es de 4 días naturales. Para interponer una demanda judicial ante los Juzgados de lo Social, el plazo es de 20 días hábiles desde la notificación del alta definitiva. Es imperativo contactar con un abogado de inmediato.
Sí, una empresa puede despedirle por causas objetivas o disciplinarias no relacionadas con su baja. Sin embargo, si el motivo real del despido es su enfermedad, este podría ser declarado nulo por discriminatorio, obligando a la empresa a readmitirle.
Para analizar su caso, es fundamental que aporte los informes médicos relevantes, la comunicación del alta médica (si la tiene), su contrato de trabajo, las últimas nóminas y cualquier comunicación que haya mantenido con la empresa o la mutua.
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