Abogados de gran invalidez en Sevilla

Abogados de gran invalidez en Sevilla

¿Necesitas reclamar tu despido? Tenemos la mejor estrategia jurídica.

Máxima calidad de servicio
Más de 200 sentencias cada año
Valoración y primera consulta gratuita
Incapacidad laboral Cómo funciona

Si necesitas una incapacidad permanente, un grado mayor o te han extinguido tu incapacidadrnpor revisión, ponemos a tu disposición el mejor equipo de abogados laboralistas especialistasrnde incapacidad permanente. Una vez que la Seguridad Social notifica la extinción o denegaciónrnde la incapacidad, nuestros abogados elaboraran la mejor estrategia legal junto a nuestrosrnperitos médicos, para que tengas o recuperes la incapacidad permanente.

1
Consulta y valoración de tu caso
  • Te reunirás con uno de nuestros abogados expertos en incapacidad permanente para exponerle todo los datos sobre tu enfermedad, tus limitaciones y tu cotización a la Seguridad Social.
2
Análisis de tu documentación
  • Nuestros abogados analizarán todos los informes médicos que dispongas, públicos y privados, determinando las limitaciones para trabajar en tu profesión habitual o en cualquier profesión.
3
Te comunicamos tus posibilidades
  • Nuestro equipo te indicará el grado de incapacidad permanente a conseguir con la documentación médica aportada: incapacidad permanente parcial, total, absoluta o gran invalidez.
4
Inicio del procedimiento
  • Una vez que el cliente nos lo indique, comenzaremos solicitando expediente a la Seguridad Social. En caso de haberse denegado, se elaborará reclamación previa y demanda judicial.

¿Qué es la gran invalidez?

La gran invalidez es el grado más grave dentro de los tipos de incapacidades permanentes. Se distingue por la total ausencia de independencia y autonomía, ya que se necesita una tercera persona que se encargue de todo. La Administración denomina a ese “todo” como “Actividades Básicas de la Vida Diaria”.

Si necesitas ser asistido por un Abogado gran invalidez en Sevilla que tome las riendas de tu caso para que, de una vez por todas, accedas a la pensión o se reclame tu derecho de cobro si ya hubiera sido concedid

Si necesitas abogados de gran invalidez en Sevilla has llegado al sitio preciso. En Juristas Laboralistas nos encargaremos de todo lo que tenga que ver con solicitar la gran invalidez para que se reconozca el mayor grado de incapacidad.

Desde el primer momento estarás asesorado por uno de nuestros abogados especialistas en gran invalidez para ayudarte con los trámites y la aportación de informes médicos y toda aquella documentación pertinente. Recibir una defensa adecuada es clave para que la Administración reconozca (en caso de solicitud) o abone las mensualidades (en caso de reclamación).

Nuestros abogados especialistas en gran invalidez con amplia experiencia y una formación constante, serán los encargados de informarte de manera personalizada, cercana y amable sobre las posibilidades que se van abriendo o cerrando a lo largo del proceso.


¿Cómo obtener la gran invalidez?

Para obtener la gran invalidez es necesario que se den una serie de requisitos indispensables relacionados con la edad de la persona, el tiempo de cotización y la afiliación a la Seguridad Social. Por ello, contar con la ayuda de un abogado de gran invalidez será de gran ayuda.

Requisitos para obtener la gran invalidez:

1. Que no pueda realizar las Tareas Básicas de la Vida Diaria (ABVD):

Que no sea posible desarrollar alguna de las actividades básicas de la vida diaria (ABVD), como asearse, vestirse, utilizar el transporte público, comer por sí mismo, etc. Adicionalmente, es necesario que reciba ayuda de una tercera persona para llevar a cabo todas estas actividades.

2. La edad del trabajador no puede superar la edad de jubilación:

La persona que solicita la gran invalidez no puede haber cumplido los 65 años, con la excepción de que la gran invalidez haya sido provocada por una enfermedad profesional, o que el trabajador no reúna los requisitos para acceder a la pensión de jubilación contributiva.

3. Afiliación a la Seguridad Social:

La persona solicitante de la gran invalidez debe estar afiliado a la Seguridad Social de las siguientes formas:

· En situación de alta.

· En situación asimilada al alta.

· En situación de “no alta”.

4. Tiempo de cotización:

El tiempo de cotización para el reconocimiento de la gran invalidez dependerá de las causas que la hayan provocado:

· Enfermedad profesional o accidente en situación de alta o asimilada al alta:

En caso de que la invalidez derive de una enfermedad profesional o accidente, con independencia de que sea laboral o no, no existe periodo mínimo de cotización, siempre y cuando la persona esté en situación de alta o asimilada al alta.

· Enfermedad común en situación de alta o asimilada al alta:

Si la incapacidad la ha causado una enfermedad común en situación de alta o asimilada al alta, sí existe periodo mínimo de cotización.

Si el trabajador tiene menos de 31 años:

· La tercera parte del tiempo transcurrido desde que cumpliese los 16 años hasta que se produjese la incapacidad.

Si el trabajador tiene más de 31 años:

· Una cuarta parte del tiempo transcurrido desde que cumpliese los 20 años hasta que se produjese la incapacidad, con un mínimo de 5 años.

· Una quinta parte del periodo de cotización exigible deberá estar comprendido dentro de los diez años anteriores a la causa, o dentro de los diez años anteriores a la fecha en que se haya cesado la obligación de cotizar, si se accede a la pensión de incapacidad permanente desde una situación de alta o asimilada al alta.

· Las fracciones de edad inferiores a 6 meses no se tendrán en cuenta, mientras que si estas son superiores, equivaldrán a medio año.

 Enfermedad común o accidente no laboral en situación de “no alta”:

En este caso habría que acreditar un mínimo de 15 años de cotización, y haber cotizado al menos tres de los últimos 10 años. En este caso, es recomendable inscribirse como demandante de empleo, dado que esta situación se considera situación asimilada al alta y, por ello, se elimina el requisito de 15 años.

¿Qué pensión se recibe con la gran invalidez?

Una vez reconocida la gran invalidez, la persona calificada como “gran inválido” recibirá una pensión vitalicia del 100% de la base reguladora, más un complemento que irá destinado al pago de la persona dedicada a su asistencia.

El importante de este complemento será la suma del 45% de la base mínima de cotización vigente en el momento que se causase la gran invalidez, más el 30% de la última base de cotización del trabajador. En ningún caso este complemento podrá ser inferior al 45% de la pensión percibida.

¿Por qué necesitas un abogado para conseguir la gran invalidez?

Si te han denegado la incapacidad, un abogado para gran invalidez te informará, asesorará y acompañará en todo momento, indicándote cómo actuar debidamente para realizar la correspondiente reclamación a la Seguridad Social.

Si este es tu caso, ponemos a tu disposición nuestro equipo de abogados para gran invalidez especializados y con experiencia, que te ayudarán a reclamar y a conseguir que te reconozcan la gran invalidez.

Contacta con nosotros. Un abogado de gran invalidez estudiará tu caso en profundidad sin compromiso.


Incapacidades laborales Tipos de incapacidades laborales

En Abogados Juristas Laboralistas contamos con un amplio equipo de abogados especialistas en incapacidades laborales de prestigio, con una gran experiencia en la gestión y tramitación de pensiones de invalidez permanentes. Nuestra tasa de éxito supera el 92% tanto en la vía judicial como en la administrativa.

Abogado incapacidad permanente absoluta en Sevilla

Abogado incapacidad permanente absoluta en Sevilla

Una vez que la Seguridad Social notifica la denegación de la incapacidad, nuestros abogados elaboraran la mejor estrategia legal.

Ver más
Abogados de gran invalidez en Sevilla

Abogados de gran invalidez en Sevilla

¿Eres funcionario? Housfy te consigue la mejor hipoteca para tu caso ¡Hasta el 100%!

Ver más
Abogados de incapacidades temporal en Sevilla

Abogados de incapacidades temporal en Sevilla

¿Eres funcionario? Housfy te consigue la mejor hipoteca para tu caso ¡Hasta el 100%!

Ver más
Contacto ¿Hablamos?

Solicita más información sin compromiso y te asesoramos sobre nuestros productos.

  • Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.
Juristas Laboralistas Aparecemos en los medios
95 511 45 38