- Somos un despacho dedicado exclusivamente al Derecho Laboral. Esta concentración nos permite ofrecer un conocimiento profundo y actualizado para construir la estrategia más eficaz para su caso.
Abogados de enfermedades profesionales en Sevilla
¿Tiene problemas con su enfermedad profesional en Sevilla? Defendemos sus derechos
La importancia de un abogado experto en el reconocimiento de su enfermedad profesional
El reconocimiento de una patología como enfermedad profesional es el primer paso, y el más crucial, de cualquier reclamación. Las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social y las empresas a menudo intentan calificar estas dolencias como enfermedad común para eludir sus responsabilidades. Esta distinción es fundamental, ya que el origen profesional de la enfermedad abre la puerta a prestaciones económicas superiores y a posibles indemnizaciones.
Un abogado especialista en Seguridad Social no solo conoce la legislación, sino que domina los procedimientos, los criterios médicos y la jurisprudencia aplicable. Su intervención es determinante para:
– Acreditar el nexo causal: Demostrar de forma irrefutable la relación entre las condiciones de su puesto de trabajo y la enfermedad que padece.
– Combatir informes médicos desfavorables: Contradecir y rebatir las valoraciones de los servicios médicos de las mutuas o del INSS.
– Garantizar el cumplimiento de plazos: Evitar la prescripción de acciones mediante una gestión procesal diligente.
– Negociar con eficacia: Representarle frente a todas las partes implicadas para proteger sus intereses en cada fase del proceso.
Nuestros servicios como abogados para su baja médica
Nuestro equipo legal en Sevilla gestiona su caso de forma integral, cubriendo todas las vías de reclamación posibles para garantizarle la máxima compensación económica.
Estudio de viabilidad y reclamación de incapacidad permanente
El primer paso es realizar un estudio exhaustivo de su documentación médica y laboral para determinar la viabilidad de la reclamación. Una vez confirmada, iniciamos el procedimiento para solicitar el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente en el grado que corresponda (parcial, total, absoluta o gran invalidez), defendiendo su caso tanto en la vía administrativa ante el INSS como en la vía judicial si fuese necesario.
Cálculo y reclamación de la máxima indemnización por daños y perjuicios
Independientemente de la pensión de la Seguridad Social, si la enfermedad ha sido causada por un incumplimiento de la empresa en materia de prevención de riesgos laborales, usted tiene derecho a una indemnización adicional. Nos encargamos de cuantificar todos los daños y perjuicios sufridos (secuelas físicas y psicológicas, daño moral, perjuicio económico) y de interponer la correspondiente reclamación judicial contra la empresa responsable.
Reclamación del recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad
Cuando se demuestra que el empresario no adoptó las medidas de seguridad y salud necesarias para proteger al trabajador, la ley establece una sanción ejemplar: el recargo de prestaciones. Esta medida supone un incremento de entre un 30% y un 50% sobre todas las pensiones de incapacidad permanente que se le reconozcan, cuantía que debe ser abonada directamente por la empresa infractora. Nuestro equipo es experto en acreditar esta falta de medidas para asegurar este importante complemento a su pensión.
Enfermedades profesionales frecuentes en nuestros casos de éxito
Nuestra experiencia en Sevilla abarca un amplio espectro de patologías laborales. Gestionamos con frecuencia reclamaciones por enfermedades incluidas en el cuadro oficial, tales como:
– Causadas por agentes químicos: Silicosis, asbestosis (amianto), afecciones por plomo, disolventes o plaguicidas, y asma ocupacional.
– Causadas por agentes físicos: Hipoacusia o sordera profesional por exposición al ruido, trastornos musculoesqueléticos por vibraciones y patologías por radiaciones.
– Trastornos musculoesqueléticos: Síndrome del túnel carpiano, tendinitis, bursitis y hernias discales provocadas por movimientos repetitivos o posturas forzadas.
– Enfermedades de la piel: Dermatitis de contacto y otras afecciones cutáneas por la manipulación de sustancias irritantes.
– Cáncer de origen laboral: Neoplasias originadas por la exposición a agentes cancerígenos en el entorno de trabajo.
¿Por qué elegir a Juristas Laboralistas?
- Realizamos un análisis de viabilidad previo y le proporcionamos una hoja de encargo detallada con un presupuesto cerrado. Nuestra prioridad es que conozca todos los detalles con total claridad desde el inicio.
- Le ofrecemos una primera consulta sin coste ni compromiso para que pueda exponer su situación. Resolveremos sus dudas y le expondremos las vías de actuación de forma honesta.
- Le proporcionamos asistencia legal completa y representación en todos los juzgados y tribunales de la provincia de Sevilla, defendiendo sus intereses donde sea necesario.
Opiniones de nuestros clientes
Preguntas frecuentes
El plazo de prescripción puede variar según la acción que se inicie (reconocimiento, reclamación de daños, etc.). Es fundamental consultar con un abogado a la mayor brevedad posible para no perder ningún derecho.
La principal diferencia es el factor tiempo. El accidente de trabajo es un suceso súbito y puntual, mientras que la enfermedad profesional se contrae de forma paulatina por la exposición continuada a un riesgo en el puesto de trabajo. Ambas contingencias tienen una protección legal superior a la enfermedad común.
Sí. El derecho a reclamar persiste aunque la relación laboral haya finalizado. La responsabilidad de la empresa no se extingue con el fin del contrato.
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