- Conocemos en profundidad la legislación aplicable y los criterios específicos que utilizan tanto el INSS como los Juzgados de lo Social de Sevilla para valorar cada caso. Esta especialización nos permite construir un expediente sólido, fundamentado en los aspectos médicos y jurídicos que realmente son determinantes.

Abogados de minusvalía laboral en Sevilla
¿Necesitas reclamar tu discapacidad? Tenemos la mejor estrategia jurídica.
De la «minusvalía» a la incapacidad permanente
Es fundamental entender que el concepto legal que define y regula lo que se conoce como minusvalía es la incapacidad permanente. Consiste en una prestación económica que concede el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para cubrir la pérdida de ingresos que sufre un trabajador cuando, por enfermedad o accidente, ve reducida o anulada su capacidad laboral de forma previsiblemente definitiva.
Por tanto, cuando tramitamos el reconocimiento de una «minusvalía laboral», en realidad estamos iniciando un procedimiento legal para que se le conceda una pensión por incapacidad permanente en alguno de sus grados (parcial, total, absoluta o gran invalidez).
¿Por qué necesita un abogado especialista para tramitar su discapacidad?
- Un expediente bien documentado, con informes médicos periciales bien orientados y una argumentación jurídica precisa, multiplica las posibilidades de obtener una resolución favorable en la vía administrativa. Evitamos errores formales y anticipamos posibles motivos de denegación.
- La valoración del Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI), conocido como el «Tribunal Médico», es una de las fases más críticas. Le preparamos exhaustivamente para esta cita, indicándole cómo exponer sus limitaciones, qué documentación aportar y cómo defender su situación de forma efectiva.
- Nos encargamos de todo el procedimiento: burocracia, plazos, comunicaciones con la administración y redacción de todos los escritos necesarios. Le liberamos de una carga compleja y estresante para que usted pueda dedicar toda su energía a lo más importante: su bienestar.
Fases del proceso para obtener su pensión por minusvalía
El camino para obtener el reconocimiento de una Incapacidad Permanente es un procedimiento reglado con fases bien definidas. Nuestro equipo le acompañará en cada una de ellas.
1. Solicitud oficial de la prestación
Tras un análisis previo de viabilidad de su caso, recopilamos toda la documentación médica y administrativa necesaria. Formulamos y presentamos la solicitud oficial ante la Dirección Provincial del INSS en Sevilla, asegurando que el expediente se inicie de la forma más sólida posible.
2. Preparación y defensa ante el Tribunal Médico
Una vez admitida la solicitud, será citado por el EVI. En esta fase, nuestra labor de asesoramiento es crucial para que la valoración médica refleje con fidelidad las limitaciones funcionales que le impiden trabajar, conectando sus patologías con las funciones de su puesto de trabajo.
3. Reclamación Previa en caso de denegación
Si el INSS emite una resolución denegando la prestación, no todo está perdido. Es obligatorio interponer una Reclamación Previa en el plazo de 30 días hábiles. Se trata de un escrito técnico-jurídico fundamental donde rebatimos los argumentos del INSS, paso indispensable para poder acudir a la vía judicial.
4. Defensa en juicio
Agotada la vía administrativa sin éxito, presentamos una demanda ante los Juzgados de lo Social de Sevilla. En el acto del juicio, defenderemos sus derechos con todas las garantías, presentando pruebas, informes periciales y la argumentación jurídica necesaria para que un juez le reconozca la pensión que le corresponde.
Opiniones de nuestros clientes
Preguntas frecuentes
El certificado de discapacidad es un documento administrativo que reconoce un grado de discapacidad general para la vida diaria, gestionado por los servicios sociales de la comunidad autónoma. La incapacidad permanente es una prestación económica de la Seguridad Social, centrada exclusivamente en la limitación para trabajar.
Sí. Los trabajadores autónomos que estén dados de alta y al corriente de pago de sus cotizaciones tienen derecho a las prestaciones por incapacidad permanente en condiciones muy similares a las de los trabajadores del Régimen General.
El plazo varía. La resolución del INSS en la vía administrativa suele tardar unos meses (el plazo legal máximo es de 135 días hábiles). Si es necesario acudir a la vía judicial, el proceso puede prolongarse, dependiendo de la carga de trabajo de los Juzgados de lo Social.
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