Incapacidad permanente por artrosis

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Incapacidad permanente por artrosis

La artrosis, enfermedad degenerativa que afecta al cartílago articular, es una causa muy frecuente de incapacidad permanente en España. El reconocimiento de una pensión dependerá fundamentalmente del dolor crónico y la limitación funcional que provoque, impidiendo o dificultando la capacidad laboral.

¿Qué es la artrosis y cómo se valora?

La artrosis es un proceso degenerativo caracterizado por el desgaste progresivo del cartílago que recubre las articulaciones. Esta pérdida del cartílago provoca que los huesos rocen entre sí, generando:

Dolor: empeora con el movimiento y mejora con el reposo, aunque en fases avanzadas puede ser constante.

Rigidez: especialmente matutina o tras periodos de inactividad.

Limitación de la movilidad: disminución del rango de movimiento articular.

Crepitación: chasquidos o crujidos articulares al moverse.

Deformidad articular: en fases avanzadas.

Diagnóstico

El diagnóstico es clínico, pero para valorar una incapacidad permanente es crucial objetivar el grado de afectación. Esto se realiza mediante:

Pruebas de imagen: principalmente radiografías, que permiten clasificar la severidad del desgaste. La resonancia magnética o ecografía pueden aportar información adicional sobre partes blandas o estadios iniciales.

Informes de especialistas: traumatología, reumatología, rehabilitación, unidad del dolor.

Localizaciones comunes

La artrosis puede afectar a cualquier articulación, pero las más relevantes a efectos de incapacidad suelen ser:

Artrosis cervical y lumbar: provoca cervicalgia, lumbalgia, rigidez y puede irradiar dolor a miembros. Limita posturas mantenidas, cargas o giros.

Artrosis de caderas (coxartrosis): cuando el cartílago que une los huesos de la pelvis y el fémur se desgasta, provocando dolor en la ingle que a veces se extiende a la pierna.

Artrosis de rodillas (gonartrosis): el desgaste de la articulación de la rodilla provoca dolor intenso y por tanto imposibilidad de movimiento. Suele imposibilitar la carga de peso y los movimientos repetitivos.

Artrosis de manos (rizartrosis del pulgar, artrosis interfalángica): provoca dolor, rigidez, deformidad y pérdida de funcionalidad, incluyendo la función de pinza y garra.

Artrosis de hombros (omartrosis): dolor y limitación para elevar el brazo, realizar rotaciones o cargar peso.

Grados de incapacidad permanente por artrosis

El grado de incapacidad se determina por cómo las secuelas de la artrosis limitan la capacidad laboral, no por el mero diagnóstico.

Incapacidad permanente parcial

Poco habitual para artrosis. Requiere una disminución del rendimiento para la profesión habitual superior al 33%, pero pudiendo realizar las tareas fundamentales. Podría darse en trabajos muy específicos que requieran una función articular concreta levemente limitada.

Incapacidad permanente total

Es más frecuente. Inhabilita para realizar todas o las tareas fundamentales de la profesión habitual, pero permite dedicarse a otra diferente.

Para su concesión, suele requerirse artrosis severa (grado III-IV) en articulaciones clave para esa profesión (por ejemplo, caderas, rodillas o columna para trabajos físicos; manos para trabajos manuales finos), a menudo bilateral con limitación funcional significativa y tras fracaso de tratamientos conservadores y/o quirúrgicos.

Corresponde una pensión vitalicia del 55% de la base reguladora (o 75% si es cualificada – mayores de 55 años sin trabajar).

Incapacidad permanente absoluta

Este grado inhabilita para toda profesión u oficio. Generalmente, exige artrosis muy severa y generalizada o artrosis axial muy avanzada con dolor intratable y limitación funcional severa que impida incluso trabajos livianos de forma continuada. Corresponde una pensión vitalicia del 100% de la base reguladora, exenta de IRPF.

Gran invalidez

Es el grado máximo. Requiere que el afectado necesite la asistencia de otra persona para los actos esenciales de la vida diaria (vestirse, asearse, comer, etc). Corresponde una prestación del 100% de la base reguladora más un complemento económico.

El proceso de incapacidad permanente por artrosis puede ser arduo. Las denegaciones iniciales son comunes, y los errores en la tramitación (documentación incompleta, plazos incumplidos, etc) pueden frustrar una reclamación viable.

Contar con abogados especialistas en incapacidad permanente desde el principio es fundamental. En Juristas Laboralistas te ofrecemos un análisis de viabilidad basado en tu historial médico y profesión, orientación sobre qué informes son necesarios y cómo deben ser, preparación y presentación de la solicitud y/o Reclamación Previa y una defensa rigurosa de tus derechos ante los juzgados si fuera necesario.

Requisitos generales para solicitar la incapacidad

Para acceder a una pensión de incapacidad permanente derivada de enfermedad común (como suele ser la artrosis), se deben cumplir estos requisitos:

1. Afiliación y alta: estar afiliado y en situación de alta en la Seguridad Social, o en situación asimilada al alta (por ejemplo, baja médica agotada, cobrando el paro, convenio especial).

2. Periodo de carencia: acreditar un periodo mínimo de cotización, que varía según la edad. Por ejemplo, para menores de 31 años, la tercera parte del tiempo transcurrido entre los 16 años y la fecha del hecho causante; para mayores de 31, generalmente se exige un cuarto del tiempo entre los 20 años y el hecho causante, con un mínimo de 5 años y que una quinta parte de esa carencia esté dentro de los 10 años anteriores.

3. Edad: no haber alcanzado la edad legal de jubilación ordinaria (salvo excepciones).

La importancia de los informes médicos en la artrosis

La base de cualquier solicitud de incapacidad por artrosis reside en la calidad y detalle de la documentación médica. No basta con «tener artrosis», hay que demostrar cómo limita funcionalmente. Los informes deben reflejar:

– Diagnóstico claro: localización exacta de la artrosis y grado de severidad.

– Tratamientos realizados y resultado: tanto conservadores (fármacos, rehabilitación, infiltraciones) como quirúrgicos (artroscopias, prótesis). Es clave indicar si han fracasado o si el resultado ha sido insuficiente.

– Limitaciones funcionales: rango de movilidad (medición en grados de las articulaciones afectadas), dolor (si es mecánico, continuo y cuantificación), fuerza muscular (pérdida de fuerza asociada), capacidad de marcha (distancia que puede caminar sin dolor/claudicación, necesidad de usar bastón o muletas), limitación para posturas, manejo de cargas (especificar kg tolerados), analgesia utilizada (reflejar si se precisan analgésicos potentes de forma crónica).

Nuestro consejo profesional es priorizar informes de médicos especialistas (traumatólogo, reumatólogo, rehabilitador, etc). Más vale un informe detallado y objetivo que muchos informes superficiales.

El papel del Tribunal Médico (EVI/ICAM)

El Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) del INSS (o ICAM en Cataluña) es el órgano médico-administrativo que evalúa su caso. Su función es:

– Revisar toda la documentación médica aportada.

– Realizar una exploración física al solicitante si lo consideran necesario.

– Emitir un dictamen-propuesta al Director Provincial del INSS sobre la existencia o no de limitaciones que justifiquen una incapacidad y, en su caso, el grado propuesto.

El EVI valorará en la artrosis la coherencia entre los hallazgos exploratorios, las pruebas de imagen, los informes médicos y las limitaciones funcionales referidas, contrastándolas con los requerimientos de su profesión habitual o de cualquier profesión.

Pasos del proceso de solicitud de incapacidad por artrosis

El procedimiento administrativo y judicial habitual es:

1. Solicitud: presentación del formulario oficial ante el INSS, adjuntando DNI/NIE y toda la documentación médica relevante.

2.  Valoración EVI/ICAM: citación para evaluación por el equipo médico del INSS.

3.  Resolución INSS: notificación de la decisión del Director Provincial (concesión/denegación, grado, fecha de efectos, base reguladora).

4.  Reclamación Previa: si la resolución es denegatoria o no está conforme con el grado, dispone de 30 días hábiles desde la notificación para presentar una Reclamación Previa administrativa ante el INSS. Es un requisito indispensable antes de poder acudir a juicio.

5.  Demanda judicial: si la Reclamación Previa es desestimada (expresa o por silencio tras 45 días hábiles), tiene 30 días hábiles desde la notificación de la desestimación para interponer una demanda ante el Juzgado de lo Social.

Diferencia entre incapacidad permanente y grado de discapacidad

Es vital no confundir ambos conceptos. La incapacidad la concede el INSS, se enfoca en la limitación para trabajar y otorga una pensión. Reconocer una IP total, absoluta o gran invalidez conlleva un grado de discapacidad mínimo del 33%.

En cambio, la discapacidad por artrosis degenerativa la otorgan las Comunidades Autónomas. Valora las dificultades en la vida diaria y la integración social. Concede un certificado y acceso a beneficios no económicos. No implica pensión directa, salvo las no contributivas.

Nuestras sentencias de incapacidad permanente por artrosis

Te invitamos a ver nuestra sección de sentencias, en la que podrás ver qué requisitos se exigen, tipos de informes médicos e información de utilidad.

Situaciones específicas

¿Te pueden dar una paga por artrosis?

Sí, una pensión de incapacidad permanente (total, absoluta o gran invalidez) si la artrosis causa limitaciones funcionales suficientes que impidan o dificulten gravemente trabajar y se cumplen los requisitos legales.

¿Se puede trabajar con artrosis en la columna?

Depende de la severidad de la artrosis y del tipo de trabajo. Trabajos físicos o con posturas forzadas mantenidas pueden ser inviables, pudiendo dar lugar a una incapacidad permanente total. Si la afectación es muy severa e impide incluso trabajos sedentarios, podría valorarse una incapacidad permanente absoluta.

¿Te pueden dar una paga por artrosis cervical?

Sí, si es severa y provoca dolor y limitación funcional que impiden tu profesión habitual (especialmente si requiere movimientos de cuello, posturas mantenidas o esfuerzos) podría corresponder una IP total. Para una absoluta, generalmente se requerirá mayor gravedad o concurrencia con otras patologías.

¿Qué grado de invalidez tiene la artrosis?

La artrosis en sí no tiene un grado asignado. El grado de incapacidad dependerá de las limitaciones funcionales que provoque en cada persona y cómo afecten a su capacidad laboral.

¿Quién valora el grado de artrosis?

Médicamente, los especialistas diagnostican y gradúan la severidad. A efectos de incapacidad, el EVI/ICAM realiza la valoración médica para el INSS, que es quien resuelve administrativamente.

¿Qué limitaciones produce la artrosis?

Principalmente, dolor articular, rigidez y reducción del rango de movimiento. Esto se traduce en dificultad para caminar, estar de pie o sentado, manipular objetos, levantar peso, realizar movimientos repetitivos, dependiendo de las articulaciones afectadas.

¿Se puede trabajar con artrosis en las manos?

Depende en gran medida de la severidad de la artrosis y de las exigencias del puesto de trabajo. Si la artrosis es leve y el trabajo no requiere un uso intensivo o de precisión de las manos, podría ser posible trabajar. Sin embargo, si la artrosis es severa y el trabajo habitual exige destreza manual, fuerza o movimientos repetitivos será muy difícil o imposible continuar.

¿Qué pasa si tengo artrosis generalizada?

La artrosis generalizada (poliarticular) suele provocar limitaciones más extendidas. Si la afectación es severa en múltiples articulaciones, aumenta significativamente la probabilidad de obtener una incapacidad permanente absoluta, al dificultar o impedir la realización de prácticamente cualquier tipo de trabajo.

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