
Incapacidad Permanente por Depresión: Guía Completa 2026
¿Sientes que tu depresión se ha vuelto crónica y te impide funcionar, pero tienes miedo de que el Tribunal Médico no te crea? No estás solo. La depresión es una de las causas más frecuentes de incapacidad en España, pero también una de las más difíciles de demostrar si no se cuenta con la estrategia jurídica adecuada.
En esta guía, desglosamos la realidad jurídica sin filtros: por qué el INSS suele denegarlas de entrada, qué tipos de depresión reconocen los jueces y cómo preparar tu documentación para ganar.
¿Es posible conseguir una pensión por depresión hoy en día?
La respuesta corta es SÍ, es una realidad jurídica y médica. Sin embargo, hay un matiz crucial que separa los casos ganados de los perdidos: el diagnóstico no es suficiente; lo que importa es la limitación funcional.
Para la Seguridad Social, tener «Depresión Mayor» es solo una etiqueta. Lo que determina tu pensión es demostrar objetivamente que esa depresión provoca mermas cognitivas (falta de concentración, fallos de memoria), aislamiento o incapacidad para tomar decisiones que hacen inviable tu trabajo.
Dato clave de Juristas: la mayoría de solicitudes se deniegan en vía administrativa (ante el INSS), pero se ganan posteriormente en los Juzgados. Una negativa inicial no es el final, es solo el primer trámite burocrático.
Si ya has recibido la carta de denegación del INSS, tienes solo 30 días para reclamar. [Llámanos urgentemente al 95 511 45 38 o haz clic aquí para iniciar la Reclamación Previa antes de que caduque el plazo].
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Los 3 requisitos «invisibles» que exige el Tribunal
Más allá de estar dado de alta en la Seguridad Social, para que tu depresión sea considerada incapacitante (especialmente para una Incapacidad Permanente Absoluta), debes cumplir con la «Trinidad de la Viabilidad»:
1. Cronicidad y persistencia
No basta con una mala racha. La patología debe ser previsiblemente definitiva. Los tribunales suelen exigir un periodo de evolución de entre 18 meses y 2 años de tratamiento continuado para confirmar que la enfermedad se ha cronificado.
2. Agotamiento terapéutico (refractariedad)
Este es el punto donde fallan muchas solicitudes. Debes demostrar que lo has probado todo y nada ha funcionado.
– ¿Has seguido el tratamiento farmacológico sin saltarte tomas?
– ¿Has acudido a terapia individual o colectiva? Si a pesar de agotar todas las vías terapéuticas no hay mejoría, se considera que hay «resistencia al tratamiento», un argumento muy potente ante un juez.
3. Impacto funcional real
Debes acreditar mermas concretas:
– Pérdida de capacidad de concentración.
– Dificultad para interactuar con compañeros (aislamiento).
– Apatía o abulia (falta de energía extrema).
Cada caso de depresión es único. No te arriesgues a presentar una solicitud incompleta que el INSS denegará automáticamente.
Solicita Estudio GratuitoGrados de incapacidad: ¿a qué pensión puedo optar?
Dependiendo de la gravedad de tus síntomas y tu profesión, puedes acceder a distintos grados. Aquí te explicamos la diferencia real:
| Grado de incapacidad | Limitación laboral y Perfil | Cuantía de la prestación |
|---|---|---|
| Total |
No puedes ejercer TU profesión habitual, pero podrías hacer otra distinta con menos carga mental. Perfil habitual: Profesiones de alto estrés o riesgo para terceros (policía, conductor, banca). |
55% de la base reguladora. (75% para mayores de 55 años sin empleo). |
| Absoluta |
No puedes realizar NINGÚN trabajo con un mínimo de eficacia y rendimiento. Perfil habitual: Depresión Mayor Grave y Recurrente, con aislamiento o riesgo autolítico. |
100% de la base reguladora. (Exenta de IRPF). |
| Gran Invalidez |
Necesitas la ayuda de otra persona para actos básicos (comer, vestirse, aseo). Perfil habitual: Casos extremos con deterioro cognitivo profundo, estados catatónicos o psicóticos. |
100% de la base + Complemento económico. |
El factor multiplicador: La «pluri-patología»
Frecuentemente, la depresión no viene sola. Si padeces fibromialgia, fatiga crónica o problemas de columna, la depresión actúa como el «agravante definitivo» que cierra la puerta a cualquier capacidad laboral residual. Los jueces valoran muy positivamente estos cuadros combinados.
Documentación: Cómo probar lo invisible
El Tribunal Médico (EVI) no puede «ver» tu depresión como vería una fractura de hueso. Por eso, tu documentación es tu única defensa.
1. Informes de especialistas (psiquiatra/psicólogo): los informes del médico de cabecera NO son suficientes. Necesitas informes detallados de la Unidad de Salud Mental (preferiblemente pública).
2. Contenido explícito: el informe no debe decir solo «ánimo bajo». Debe detallar: «Paciente con anhedonia total, aislamiento social y resistencia a fármacos tras 2 años de tratamiento».
3. Historial de gravedad: si has tenido ingresos hospitalarios o antecedentes de intentos autolíticos (suicidio), es doloroso, pero es vital aportarlo. Son pruebas objetivas de la gravedad que el juez no puede ignorar.
Caso de éxito real: La importancia de no rendirse
El caso: conserje con trastorno depresivo crónico. El problema: el INSS denegó la incapacidad argumentando que su trabajo (conserje) era «liviano» y no requiera gran esfuerzo mental.
Nuestra estrategia: demostramos ante el juez que, aunque el trabajo fuera físico, la apatía y la falta de concentración de la trabajadora le impedían realizar incluso las tareas más simples de vigilancia y atención, poniendo en riesgo su puesto. Resultado: sentencia estimatoria del Juzgado de lo Social. Se le concedió la pensión que el INSS le había negado [acceder a la sentencia]
El camino legal: Vía administrativa vs judicial
Es vital gestionar tus expectativas. El proceso tiene dos fases muy diferenciadas:
1. Fase administrativa (INSS): te examina el Tribunal Médico. Aquí, la tasa de denegación es alta. El sistema es estricto y busca «filtrar». Si te llega una carta denegando, no entres en pánico. Es parte del proceso estándar.
2. Fase judicial: si el INSS dice «no», presentamos demanda. Los jueces suelen ser más receptivos a la realidad médica y a la jurisprudencia que protege al trabajador enfermo. Aquí es donde juristas-laboralistas.es marca la diferencia.
¿Necesitas evaluar tu caso sin compromiso? Si llevas más de 18 meses de baja o el INSS te ha denegado la incapacidad, el tiempo corre en tu contra (tienes plazos estrictos de 30 días para reclamar). ¡No dejes que la burocracia decida tu futuro!
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Socio Director del Bufete Juristas Laboralistas desde 2007, experto laboralista con más de 15 años de experiencia en derecho laboral y seguridad social. Experto por la Universidad Pablo de Olavide y Máster en Régimen jurídico de sociedades laborales. Colabora habitualmente con medios de comunicación como EL PAIS; Cadena COPE, Cadena SER, La Sexta, Antena 3 y Canal Sur TV y Radio.
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