Acta inspección de trabajo (accidente laboral)

Acta inspección de trabajo (accidente laboral)

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Conseguimos actas de infracción y una propuesta de recargo del 50% para un trabajador sin alta que se fracturó los dos calcáneos montando una caseta.

Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Sevilla · Informe de la Unidad de Seguridad y Salud sobre denuncia por accidente laboral

Resumen del caso

Estaba colocando la lona sobre la estructura de una caseta, subido a una plataforma de andamio a dos metros de altura. La lona se le vino encima. Tuvo que saltar y cayó sobre las plantas de los pies: fractura de los dos calcáneos. Era su primer día en ese trabajo y el trabajo era solo para ese día.

Nosotros presentamos el escrito de denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. La actuación inspectora se inició en enero con una visita, y de ahí el inspector fue tirando del hilo: visitó el ayuntamiento de la localidad, citó a comparecer a unos y a otros en la sede de la Inspección y recabó el informe de la policía local y el atestado de la Guardia Civil.

Nuestro cliente compareció y aportó la documentación laboral, el atestado y los informes médicos. Después compareció el empresario, y aquí es donde el expediente se le cae encima. Entregó el contrato de trabajo, el parte de accidente y la nómina, y reconoció que lo había contratado para el montaje de ese día por un precio ajustado. Sobre prevención de riesgos, el informe recoge sin rodeos que desconoce qué es y que no había hecho nada al respecto.

El inspector constató que el empleador, trabajador autónomo, carecía de organización preventiva y no había elaborado la evaluación de riesgos que habría identificado el riesgo de caída de altura al que expuso a nuestro cliente. Y constató lo principal: no se había solicitado el alta en Seguridad Social antes del inicio de la prestación de servicios.

El informe concluye con infracción de los artículos 139 y 140 de la Ley General de la Seguridad Social, de los artículos 4.2.d) y 19.1 del Estatuto de los Trabajadores y del deber empresarial de garantizar la seguridad y la salud. Se practicaron actas de infracción en materia de seguridad social y de seguridad y salud, y se propuso un recargo de prestaciones del 50% a favor del trabajador.

Ese recargo es lo que más interesa a quien se ha accidentado: recae sobre todas las prestaciones derivadas del accidente, lo paga el empresario y no es asegurable.

Si te accidentas sin estar de alta, denuncia en la Inspección. El alta se puede reconocer después y las prestaciones se cobran igual.

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Resolución real conseguida por el despacho. Los datos personales del cliente están anonimizados.

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