Atestado guardia civil (accidente laboral)

Atestado guardia civil (accidente laboral)

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Conseguimos que quedara documentado por escrito, el mismo día del accidente, que un trabajador sin contrato se cayó montando una caseta de feria.

Guardia Civil, Comandancia de Sevilla · Atestado por accidente laboral (diligencias del art. 284 LECrim)

Resumen del caso

Empieza con una llamada por radio. La central operativa avisa a la patrulla de que en un recinto de una localidad de la provincia de Sevilla se ha producido un accidente laboral: uno de los hombres que estaban montando las casetas se ha caído.

Cuando los agentes llegan ya están allí los servicios sanitarios del centro de salud y la policía local. En el suelo, junto a un andamio, un varón de unos cuarenta y nueve años, consciente, atendido por los médicos. Cuenta lo que le acaba de pasar: perdió el equilibrio, vio que se iba de espaldas y saltó hacia delante. Cayó de pie. Le dolían mucho los pies. De ahí lo trasladaron al hospital.

Los agentes identifican al responsable del montaje y le hacen dos preguntas. La primera, si las personas que estaban allí tenían algún tipo de contrato. Responde que no, que era un amigo del pueblo al que estaba echando una mano en el trabajo que él explota. Sin retribución, dice. La segunda, si tenía seguro de responsabilidad civil para estos casos. Responde que tampoco, y que desconoce si lo tienen los titulares de la caseta. Los agentes identifican también a un testigo que estaba montando al lado.

El atestado se cierra con una frase que lo cambia todo: la unidad abre investigación porque de los hechos pudiera derivarse un delito contra los derechos de los trabajadores, e inicia diligencias conforme al artículo 284 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Este documento no resuelve nada por sí solo. No declara un despido, ni reconoce una prestación, ni impone una sanción. Lo que hace es otra cosa, y es enorme: congela la versión del empresario a las pocas horas del golpe, cuando todavía no ha hablado con nadie, y deja constancia oficial de que no había contrato, no había alta y no había seguro. Todo lo que viene después —la Inspección de Trabajo, el alta de oficio, el recargo de prestaciones, la responsabilidad civil— se construye encima de esas dos páginas.

Si te accidentas trabajando sin estar dado de alta, pide que venga la Guardia Civil o la policía local y que conste tu versión. Ese papel, escrito ese día, es la mejor prueba que vas a tener.

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Resolución real conseguida por el despacho. Los datos personales del cliente están anonimizados.

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