Aumentamos grado discapacidad del 15% al 35%

Aumentamos grado discapacidad del 15% al 35%

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Conseguimos que la Junta de Andalucía elevara del 15% al 35% el grado de discapacidad reconocido a nuestro cliente, sin llegar al juzgado.

Delegación Territorial en Sevilla de la Junta de Andalucía · Resolución estimatoria de reclamación previa, 2019

Resumen del caso

Veinte puntos de diferencia, y ni un solo día de juicio.

El expediente venía de una solicitud de reconocimiento del grado de discapacidad tramitada conforme al Real Decreto 1971/1999. El Centro de Valoración y Orientación de Sevilla emitió su dictamen técnico facultativo, apoyado en los dictámenes médico, psicológico y social del Equipo de Valoración y Orientación, y en marzo de 2019 la Delegación Territorial resolvió reconociendo un 15%. Por debajo del 33%, que es la frontera que de verdad importa.

Esa frontera no es un capricho administrativo. A partir del 33% se abre el acceso a la reserva de plazas en empleo público, a las bonificaciones en la contratación, a las deducciones fiscales en el IRPF, a determinadas ayudas autonómicas y a un buen número de beneficios que con un 15% simplemente no existen. De ahí que en estos expedientes la pelea no sea por unos puntos abstractos, sino por cruzar ese umbral.

Presentamos reclamación previa a la vía jurisdiccional. Es el trámite que hay que agotar antes de demandar ante el Juzgado de lo Social, y mucha gente lo desaprovecha limitándose a decir que no está de acuerdo. Nosotros lo usamos para lo que sirve: reordenar la documentación clínica, señalar qué apartados del baremo se habían quedado cortos y pedir que el Equipo de Valoración volviera a examinar el caso con esos informes delante.

Funcionó. El Equipo de Valoración y Orientación emitió un nuevo informe que modificaba su propia valoración y otorgaba un 35%. El Gabinete Jurídico de la Junta emitió el informe preceptivo y la Delegación Territorial dictó resolución estimatoria, aceptando en su integridad los dictámenes incorporados al expediente y modificando la resolución inicial.

Si te han reconocido un porcentaje bajo, tienes treinta días para reclamar y esa reclamación se resuelve con una nueva valoración. No es una formalidad perdida: es la última oportunidad de arreglarlo sin pleito. Revisamos tu resolución sin compromiso.

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Resolución real conseguida por el despacho. Los datos personales del cliente están anonimizados.

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