
Despido improcedente por prescripcion de sancion laboral

Conseguimos la improcedencia del despido de un asesor jurídico comercial porque la empresa dejó prescribir la falta que le imputaba.
Juzgado de lo Social n.º 11 de Sevilla · Sentencia de 2024
Resumen del caso
Entre el 23 de junio de 2022 y el 8 de marzo de 2023 pasan más de ocho meses. Ese cálculo, y no otra cosa, es lo que ganó este pleito.
Nuestro cliente trabajaba como asesor jurídico comercial en una empresa de asesoramiento jurídico y económico, con antigüedad desde mayo de 2017 y contrato indefinido a jornada completa. Salario diario a efectos de despido, 78,02 euros. Le despidieron disciplinariamente imputándole que en 2017 había dicho a un cliente que los intereses de una reclamación por cláusula suelo serían para él, cuando la hoja de encargo los atribuía al despacho, y que después mintió a la empresa cuando se le preguntó por ello. La compañía acabó pagando a ese cliente 8.711,62 euros en un acuerdo transaccional.
Peleamos varios frentes. Que la carta era imprecisa: el juez no lo compartió, la carta identificaba bien los hechos. Que los audios grabados por el cliente no podían valorarse: tampoco prosperó, porque los aportó el propio interviniente en la conversación, se reprodujeron veintisiete minutos en la vista y se acompañó transcripción conforme al artículo 382.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
El frente bueno era el tercero. La empresa recibió el 23 de junio de 2022 un burofax del cliente que contaba los hechos con detalle y advertía expresamente de que existían grabaciones. En los correos internos de la propia empresa, alguien escribió que si el asesor había transmitido esa información "tendrían un problema, más aún si había grabaciones", y acto seguido se descartó la existencia de grabaciones. Descartar no es investigar.
El magistrado concluyó que desde ese burofax no cabe hablar de falta ocultada, y que si la empresa no tuvo conocimiento cabal hasta enero de 2023 fue por su propia falta de diligencia. Prescrita por el plazo corto de sesenta días y también por el largo de seis meses del artículo 60.2 del Estatuto.
Despido improcedente. Readmisión con salarios de tramitación a 78,02 euros diarios desde el 9 de marzo de 2023, o indemnización de 15.233,41 euros, a elección de la empresa.
Cuando te despiden, mira siempre el calendario antes que el fondo. A veces el reloj vale más que la discusión sobre los hechos.
Resolución real conseguida por el despacho. Los datos personales del cliente están anonimizados.
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