
Despido improcedente

Conseguimos la improcedencia del despido disciplinario de un empleado de estructura al que se acusó de faltar a un destino que nunca llegó a conocer.
Juzgado de lo Social n.º 3 de Refuerzo de Madrid · Sentencia 186/2019, de 13 de junio de 2019
Resumen del caso
Todo el pleito giró en torno a un burofax mal dirigido.
Nuestro cliente trabajaba con contrato indefinido a jornada completa para una empresa del sector del metal, con categoría de empleado de estructura, en proyectos que se desarrollaban fuera de España. En noviembre de 2018 la empresa le remitió un burofax comunicándole que quedaba asignado a un nuevo proyecto y pidiéndole el pasaporte para gestionar el viaje. El problema es que, por un error, el destinatario que figuraba en ese burofax era la propia empresa, no él. Aunque se envió a su domicilio y se dejó aviso en la oficina de correos, jamás habría podido retirarlo: no podía acreditar la representación de la mercantil a la que iba dirigido.
Días después llegó un segundo burofax, esta vez correctamente dirigido, requiriéndole para que justificara sus ausencias desde la fecha en la que, según el primero, debía haberse incorporado. Contestó lo obvio: que no había recibido ningún burofax anterior. La empresa lo despidió igualmente, con carta de despido disciplinario que le imputaba inasistencia injustificada, fraude y abuso de confianza, abandono del puesto, disminución voluntaria del rendimiento y desobediencia. Conciliación ante el SMAC sin avenencia.
En el juicio recordamos lo esencial: la carga de la prueba de los hechos que justifican un despido disciplinario recae en la empresa, que debe acreditar la comisión, la gravedad y la culpabilidad. Si la primera comunicación era ineficaz, no había ausencias injustificadas que reprochar, porque el trabajador ni conoció ni pudo conocer la fecha y el lugar del proyecto asignado.
Hubo también discusión sobre el salario regulador. La empresa pretendía descontar conceptos; nosotros incluíamos horas extraordinarias por un importe superior al que figuraba en nómina. La magistrada fijó el salario sumando los conceptos de naturaleza salarial de las últimas doce nóminas y excluyendo las dietas por desplazamiento, dejando a salvo la reclamación de horas extras por el procedimiento ordinario.
Fallo: despido improcedente, con opción de la empresa entre readmitir, con salarios de tramitación, o indemnizar.
Guarda siempre los burofax y los avisos de correos. En despidos por ausencias, quién comunicó qué y a quién suele valer más que el fondo del asunto.
Resolución real conseguida por el despacho. Los datos personales del cliente están anonimizados.
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