
Incapacidad absoluta por cancer de mama

Conseguimos la incapacidad permanente absoluta de una administrativa con dolor generalizado derivado del tratamiento de un cáncer de mama.
Juzgado de lo Social n.º 10 de Sevilla · Sentencia de 26 de abril de 2022
Resumen del caso
Lo que ganó este pleito no fue el cáncer. Fue el dolor que dejó el cáncer.
La magistrada lo escribe con todas las letras: la patología oncológica estaba superada en cuanto a limitaciones funcionales, y lo que de verdad incapacitaba a nuestra clienta era el dolor generalizado que tuvo su origen en ella. Un informe del hospital público de abril de 2022 lo dejaba claro en el juicio clínico, dolor poliarticular y mialgias como secundarismo de la hormonoterapia, la quimioterapia y la radioterapia, con dolor que interferían en todas las actividades de la vida diaria y en el descanso nocturno.
Ella era administrativa. El cáncer de mama se había tratado entre 2016 y 2017. Cuando se abrió el expediente de incapacidad, el informe de síntesis recogió un trastorno adaptativo mixto, poliartralgias y raquialgia mecánica crónica, protrusiones discales lumbares, artrosis facetaria y osteoporosis, pero tradujo todo eso en una única limitación: tareas con sobrecargas mecánicas o posturales mantenidas del raquis. El tribunal médico propuso la incapacidad permanente total el 21 de noviembre de 2019 y el INSS resolvió en ese sentido en diciembre. La reclamación previa se desestimó en junio de 2020.
Fuimos a por la absoluta con una pericial médica que no discutía el diagnóstico del médico de síntesis, sino su lectura. Estaba polimedicada y con tratamiento con mórficos, y el perito situó su dolor en un grado funcional que implica dolor persistente a la actividad, sin respuesta eficaz al tratamiento, con limitación incluso para actividades sedentarias. El INSS defendió lo contrario: que sin limitación intelectual ni sensorial podía hacer muchos trabajos sedentarios.
La sentencia dejó sin efecto la resolución del INSS y declaró la incapacidad permanente absoluta por enfermedad común, con derecho a las prestaciones dejadas de percibir desde aquella resolución.
Si has pasado un cáncer y las secuelas del tratamiento son lo que te impide trabajar, ese es el eje del caso. Documenta el dolor, la escala analgésica y la respuesta al tratamiento, no solo el alta oncológica.
Resolución real conseguida por el despacho. Los datos personales del cliente están anonimizados.
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