
Incapacidad absoluta por trastorno depresivo

Conseguimos recuperar la incapacidad permanente absoluta que el INSS había rebajado a total en una revisión de grado.
Juzgado de lo Social n.º 10 de Sevilla · Sentencia de 18 de junio de 2024
Resumen del caso
Este caso es al revés de los demás: no había que conseguir la incapacidad, había que recuperarla.
Profesional de la educación social. En 2020 el INSS le había reconocido una incapacidad absoluta por un trastorno depresivo recurrente: cambios de humor, ansiedad, insomnio, apatía, dificultad de afrontamiento. Seguimiento en la unidad de salud mental, medicación, sin cambios. En enero de 2022, en una revisión de grado, el INSS se la rebajó a total "por mejoría".
Lo llamativo estaba en el propio expediente. El médico inspector que la examinó en diciembre de 2021 escribió en su informe: "situación similar, persiste sintomatología-limitación". Un mes después, un anexo del tribunal médico, sin citar ningún informe nuevo, decidía que las limitaciones para tareas de responsabilidad "no son requerimientos imprescindibles" de su profesión y rebajaba el grado. De un mes a otro no había cambiado nada, salvo la conclusión.
Comparamos punto por punto el cuadro de 2020 con el de 2022. Mismo diagnóstico. Mismas limitaciones. Mismo seguimiento especializado. Y más medicación, no menos: dos antidepresivos, un ansiolítico y un hipnótico frente a lo que tomaba dos años antes. Aportamos una pericial que decía exactamente eso, que no existía mejoría objetivable.
La magistrada aplicó la doctrina del Tribunal Supremo sobre revisión por mejoría, que es muy exigente: no basta con que el cuadro varíe algo, la variación tiene que tener "trascendencia cualitativa en orden a la capacidad de trabajo", y "si las secuelas permanecen sustancialmente idénticas no hay cauce legal para modificar la calificación". Dio más valor al informe del inspector que al anexo del tribunal médico, señaló que el INSS no había aportado ni una prueba de mejoría, revocó la resolución y restableció la incapacidad permanente absoluta con todos sus efectos.
Si el INSS te ha bajado el grado en una revisión y tú sigues igual o peor, hay pleito. Y se suele ganar.
Resolución real conseguida por el despacho. Los datos personales del cliente están anonimizados.
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