
Incapacidad permanente absoluta por lumbalgia crónica

Conseguimos incapacidad permanente absoluta por lumbalgia crónica con ciática tras cirugía de hernia discal.
Juzgado de lo Social n.º 7 de Sevilla · Sentencia de 19 de diciembre de 2024
Resumen del caso
Este caso tardó tres años. Presentamos la demanda en octubre de 2021 y la sentencia llegó en diciembre de 2024. Lo contamos porque a mucha gente le sorprende, y porque el resultado compensó la espera.
Nuestro cliente montaba estructuras metálicas. Tenía una hernia discal extruida en L4-L5 que le operaron en julio de 2020, con estenosis de canal y osteoartritis. La operación no arregló nada: ciática, contractura lumbar permanente, no podía caminar de puntillas, el tronco se le doblaba en bloque. Tomaba analgésicos del tercer escalón, opioides, que lo dejaban sin concentración. No aguantaba sentado ni de pie; la única postura en la que se le aliviaba el dolor era tumbado.
El INSS le reconoció en mayo de 2021 una incapacidad total. Pedimos la absoluta en reclamación previa y nos la desestimaron. Para el tribunal médico las limitaciones eran "para sobrecargas moderadas-mínimas del raquis lumbar", o sea, no puede montar estructuras pero sí hacer otra cosa.
En el juicio nuestro perito explicó lo que el informe de síntesis no decía: que un hombre que no tolera la sedestación ni la bipedestación y que necesita tumbarse para calmar la ciática, si encima toma medicación opioide, tiene "una capacidad laboral prácticamente nula". Y aportamos un informe de la sanidad pública que recogía que necesitaba ayuda de otra persona para actividades en su propia casa.
El magistrado reconoció, como siempre, el valor privilegiado de los informes de los médicos evaluadores del INSS, pero consideró que nuestro perito había valorado toda la documentación y que sus conclusiones encajaban con ella. La frase de la sentencia lo dice todo: el actor "no tiene capacidad funcional para la realización de actividad laboral, dado que tiene incluso limitaciones para la sedestación por ciática". Incapacidad permanente absoluta, 100 % de la base reguladora.
Resolución real conseguida por el despacho. Los datos personales del cliente están anonimizados.
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