INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL POR ANSIEDAD, CRISIS DE PÁNICO y AGORAFOBIA

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INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL POR ANSIEDAD, CRISIS DE PÁNICO y AGORAFOBIA

Conseguimos incapacidad permanente total por ansiedad, crisis de pánico y agorafobia para un programador informático.

Dirección Provincial del INSS de Sevilla · Dictamen del EVI de diciembre de 2023

Resumen del caso

Programador informático, Régimen General. Un trastorno de ansiedad con crisis de pánico, agorafobia y un trastorno del espectro autista de grado 1, en seguimiento por salud mental y psicología tanto en la sanidad pública como en la privada. Desde fuera puede parecer que programar es un trabajo que se puede hacer desde casa y sin presión. Quien lo ha hecho sabe que no: plazos, reuniones, entregas, cambios de última hora, y un nivel de concentración sostenida que una persona con crisis de pánico recurrentes no puede garantizar.

Con las enfermedades de salud mental el INSS tiene una tendencia clara: si el diagnóstico no es de los graves (psicosis, trastorno bipolar, depresión mayor resistente), deniega. Ansiedad y agorafobia, con demasiada frecuencia, se despachan como "limitaciones psicológicas leves" con "tratamiento no agotado". Por eso en estos expedientes no hay que centrarse en el nombre de la enfermedad sino en su repercusión funcional documentada: la frecuencia de las crisis, la imposibilidad de desplazarse y de estar en entornos con gente, la evolución a lo largo de los años a pesar del tratamiento continuado y el criterio coincidente de los profesionales de la pública y de la privada, que aquí lo había. Y en la relación de todo eso con las exigencias reales del puesto.

El Equipo de Valoración de Incapacidades de Sevilla, en dictamen de diciembre de 2023, propuso la calificación en grado de total para su profesión habitual, por enfermedad común, con revisión posible a partir de diciembre de 2024, y la Dirección Provincial lo aprobó. Sin reclamación previa y sin juicio.

Una incapacidad total por ansiedad y agorafobia se puede conseguir en el propio INSS. Lo que no se puede es presentar tres informes sueltos y esperar que el tribunal médico haga el trabajo de relacionarlos con tu profesión. Ese trabajo hay que llevarlo hecho.

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Resolución real conseguida por el despacho. Los datos personales del cliente están anonimizados.

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