Incapacidad permanente total por hipoacusia

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Incapacidad permanente total por hipoacusia

Conseguimos incapacidad permanente total por hipoacusia con una pensión de 1.788,06 euros al mes.

Instituto Nacional de la Seguridad Social · Resolución aprobada en noviembre

Resumen del caso

La hipoacusia es una de esas patologías que el INSS se resiste a reconocer como incapacitante. El razonamiento del tribunal médico suele ser que con audífonos se corrige, o que hay muchos trabajos donde oír bien no es imprescindible. Y sin embargo, para un buen número de profesiones, perder audición es perder el oficio: cualquier puesto con maquinaria, con tráfico, con trabajo en altura o en equipo, donde no oír una advertencia supone un riesgo para uno mismo y para los compañeros, y cualquier trabajo de atención telefónica o al público.

En estos expedientes la clave suele estar en dos cosas. Primera, las audiometrías: pérdidas cuantificadas en decibelios por frecuencia y por oído, con y sin prótesis, y no un informe genérico de "hipoacusia bilateral". Segunda, la relación de esas cifras con las tareas concretas de la profesión habitual y con los riesgos que conlleva no oír en ese puesto, que es lo que exige el artículo 194 de la Ley General de la Seguridad Social para la incapacidad total.

El INSS aprobó la solicitud de incapacidad permanente total con efectos económicos desde el 13 de noviembre y una pensión inicial de 1.788,06 euros mensuales, sin deducciones, según la comunicación oficial de la Seguridad Social. En este caso no fue necesario acudir al juzgado.

Si te han diagnosticado una hipoacusia y trabajas en un entorno con ruido, con máquinas o con riesgo, no des por hecho que el INSS te la va a denegar. Bien documentada, con audiometrías recientes y una descripción precisa de tu puesto, es una patología que se gana, tanto en el propio INSS como en los Juzgados de lo Social de Sevilla y España.

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Resolución real conseguida por el despacho. Los datos personales del cliente están anonimizados.

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