
Incapacidad permanente total por lupus eritematoso

Conseguimos incapacidad permanente total por lupus eritematoso y cuadro ansioso-depresivo para una comerciante autónoma.
Juzgado de lo Social n.º 2 de Huelva · Sentencia de 30 de julio de 2025
Resumen del caso
Esta sentencia nos gusta especialmente porque el INSS la tenía, en teoría, fácil de ganar. Nuestra clienta era autónoma, tenía una tienda, y arrastraba desde hacía años un lupus eritematoso sistémico con dolores articulares en manos y hombro, una incontinencia urinaria pendiente de operar y un 48 % de discapacidad reconocido. Pero lo que de verdad le había quitado la vida era otra cosa: ansiedad, agorafobia, fobia social, crisis de angustia, insomnio. Quien ha llevado un comercio sabe que el trabajo consiste en hablar con proveedores y atender a clientes todo el día. Ella ya no podía ni entrar en la tienda.
El INSS denegó la pensión con la fórmula de siempre en estos casos: las lesiones "no son susceptibles de determinación objetiva o previsiblemente definitivas", que siga en tratamiento y ya se verá. En el juicio el letrado de la Seguridad Social lo repitió con otras palabras: cuando la vio el tribunal médico, aquello todavía no era crónico.
Nosotros llevamos al juicio dos cosas. Un informe pericial psicológico, hecho con varias exploraciones separadas en el tiempo, y un informe de la unidad de salud mental del hospital público, de julio de 2024, posterior al tribunal médico, donde el psiquiatra que la trataba escribía que la agorafobia y la fobia social "han evolucionado hacia un estado crónico". El INSS dijo que ese informe no valía por ser posterior. Nosotros dijimos que no describía ninguna enfermedad nueva, sino la evolución de la que ya constaba en el expediente, y que el Supremo admite eso desde hace años.
El juez nos dio la razón en todo. Aceptó los informes posteriores, dio por probada la cronicidad y escribió algo que conviene subrayar: una comerciante propietaria tiene que tomar "decisiones importantes para su comercio", y con ese cuadro no está en condiciones de hacerlo. Declaró la incapacidad permanente total por enfermedad común y condenó al INSS a pagar la pensión.
La lección práctica: si te han denegado por "no definitivo", el tiempo juega a tu favor siempre que lo documentes. Cada informe nuevo de tu especialista que diga "crónico" es una prueba más para el juicio.
Resolución real conseguida por el despacho. Los datos personales del cliente están anonimizados.
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