
Incapacidad permanente total

Conseguimos la incapacidad permanente total de una peona agrícola con fibromialgia y secuelas del bíceps que el INSS había denegado por completo.
Juzgado de lo Social n.º 9 de Sevilla · Sentencia n.º 44/2017, de 26 de enero de 2017
Resumen del caso
Un año y siete meses entre el día que presentamos la demanda, el 24 de junio de 2015, y el día del juicio, el 25 de enero de 2017. En un pleito de incapacidad esa demora suele ser mala noticia. Aquí acabó siendo decisiva.
El punto de partida era una resolución de la Dirección Provincial del INSS de 24 de marzo de 2015 que denegaba la prestación "por no alcanzar las lesiones que padece un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral". Detrás había dos informes médicos de síntesis y un dictamen del EVI. La reclamación previa se desestimó en mayo. El expediente se centraba en una sola cosa: la rotura parcial con tenosinovitis de la porción larga del bíceps derecho, intervenida en marzo de 2014, y la capsulitis adhesiva que le quedó después de la cirugía.
Lo que el expediente no recogía es que nuestra clienta llevaba más de un año con artromialgias generalizadas. En el juicio sostuvimos que padecía además fibromialgia con dieciocho puntos positivos de dieciocho, y artrosis nodular, acreditadas con un informe de Reumatología de noviembre de 2016 y con la pericial forense.
El INSS se opuso: lo valorado eran las secuelas del bíceps.
El magistrado aplicó la doctrina que exige valorar el estado de salud al momento del enjuiciamiento, y no solo respecto de las patologías que constan en el expediente: también de las que ya se venían padeciendo cuando el médico evaluador la examinó, aunque todavía no estuvieran diagnosticadas. Como la derivación a Reumatología acreditaba más de un año de dolores generalizados, ese periodo alcanzaba al expediente, y la fibromialgia y la artrosis nodular entraron en el cuadro clínico residual.
Sumado todo, las limitaciones para sobreesfuerzos físicos y para elevar el brazo derecho por encima de la horizontal son incompatibles con el trabajo en el campo. La sentencia se apoya en resoluciones del TSJ de Andalucía que describen la profesión de peón agrícola como una actividad "de gran dureza", que impone bipedestación, deambulación por terrenos irregulares y sobrecarga de miembros superiores e inferiores.
Fallo: incapacidad permanente total derivada de enfermedad común, con la pensión vitalicia correspondiente.
Si te han diagnosticado algo nuevo después de que el INSS cerrara tu expediente, llévalo al juicio. Lo que se valora es cómo estás el día que te sientas delante del juez.
Resolución real conseguida por el despacho. Los datos personales del cliente están anonimizados.
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