Incapacidad total por rotura cadera
Conseguimos incapacidad permanente total por lesión de cadera en un mozo de almacén tras denegación del INSS.
Juzgado de lo Social n.º 4 de Sevilla · Sentencia de 5 de julio de 2024
Resumen del caso
A veces el INSS reconoce las limitaciones y luego no saca la consecuencia. Este es uno de esos casos.
Mozo de almacén con un choque femoroacetabular tipo CAM y una lesión del labrum en la cadera derecha. Artroscopia, y cuando lo valoró el tribunal médico todavía estaba en rehabilitación. Los informes de traumatología eran de manual: no cargar peso, no estar de pie mucho rato, nada de cuclillas, nada de escaleras, nada de caminatas largas. Es decir, la lista de tareas de un mozo de almacén, en negativo.
El propio informe médico de síntesis del INSS decía, textualmente, que estaba "limitado para tareas que requieran deambulación/bipedestación mantenida, subir y bajar escaleras, cargar pesos". Y a renglón seguido el INSS denegó la incapacidad en febrero de 2023 "por no alcanzar las lesiones la gravedad suficiente". La reclamación previa, desestimada.
En el juicio no discutimos las lesiones, que ya estaban admitidas. Lo que hicimos fue lo que el INSS no había hecho: coger cada limitación de su propio informe y ponerla al lado de cada tarea real de un mozo de almacén. Descargar camiones, mover palés, estar de pie toda la jornada, subir a las estanterías. Con los balances articulares de las dos caderas y una pericial médica delante.
La magistrada recordó la doctrina de siempre: la incapacidad total se aprecia conectando las limitaciones funcionales con los requerimientos de la profesión, y basta con que el trabajador no pueda hacer las tareas fundamentales con un mínimo de eficacia y sin que el trabajo suponga "una continuación de sufrimiento". Concluyó que las limitaciones "le impiden el desempeño de la referida profesión con el mínimo de eficacia y exigencia que requiere el actual mercado laboral". Incapacidad permanente total para mozo de almacén, por enfermedad común, con la prestación en cuantía y efectos reglamentarios.
Resolución real conseguida por el despacho. Los datos personales del cliente están anonimizados.
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