Abogado despidos improcedentes Sevilla
Abogado despidos improcedentes Sevilla
Si te han despedido y consideras que los motivos alegados por la empresa son falsos, inexistentes o insuficientes, es muy probable que te encuentres ante un despido improcedente. En Juristas Laboralistas, somos un despacho de abogados altamente especializado en la impugnación de despidos injustos en Sevilla. Defendemos los derechos de los trabajadores para asegurar que reciban la máxima indemnización que por ley les corresponde.
La comunicación de un despido es una de las situaciones más complejas y estresantes en la vida laboral de una persona. Actuar con rapidez y contar con el asesoramiento de un abogado especializado en despidos es fundamental para garantizar el éxito de tu reclamación.
Tu caso en manos de quienes realmente saben defenderlo.
Más de 15 años ejerciendo exclusivamente derecho laboral en Sevilla.
+15
años en derecho laboral
+1.700
93%
+350
¿Qué es exactamente un despido improcedente?
Un despido es calificado como improcedente cuando la empresa no logra acreditar la causa que justifica la extinción del contrato de trabajo, o cuando no ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la ley. En la práctica, muchos despidos disciplinarios que alegan bajo rendimiento o transgresión de la buena fe contractual son, en realidad, despidos improcedentes encubiertos.
Nuestro equipo analizará tu caso para determinar la estrategia más adecuada y luchar por la calificación que más te beneficie.
Tipos de despido: identifica cuál es tu situación
Antes de actuar, es importante entender qué tipo de despido has sufrido. La calificación jurídica determina tus derechos y la estrategia a seguir. Estos son los principales tipos:
La empresa alega un incumplimiento grave y culpable del trabajador: faltas de asistencia, desobediencia, bajo rendimiento, transgresión de la buena fe, entre otros. Si la empresa no consigue probar esa causa ante el Juzgado de lo Social, el despido puede ser declarado improcedente. Es el tipo de despido más frecuente y, a menudo, el más fácil de impugnar.
Se produce cuando la empresa alega causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o la ineptitud sobrevenida del trabajador. Requiere una carta de despido con 15 días de preaviso y el abono simultáneo de una indemnización de 20 días por año trabajado. Si no se cumplen estos requisitos, puede ser declarado improcedente.
Despido improcedente
Cuando el juez declara que el despido no está suficientemente justificado o que no se siguió el procedimiento correcto, lo califica como improcedente. En ese caso, la empresa debe elegir entre readmitirte o pagarte una indemnización de 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.
Despido nulo
Es la calificación más grave y protectora para el trabajador. El despido nulo implica la readmisión obligatoria y el abono de todos los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido. Se produce cuando el despido vulnera derechos fundamentales o se produce en situaciones especialmente protegidas. Te lo explicamos en detalle más adelante.
El despido nulo: cuándo aplica y qué consecuencias tiene
El despido nulo es la categoría jurídica que ofrece mayor protección al trabajador. Se declara cuando el despido vulnera un derecho fundamental o cuando se produce en un momento especialmente protegido por la ley. Las situaciones más habituales son:
- Despido durante el embarazo o el permiso de maternidad.
- Despido durante el permiso de paternidad o la reducción de jornada por cuidado de hijos.
- Despido mientras el trabajador está en situación de baja médica o incapacidad temporal.
- Despido motivado por razones discriminatorias: sexo, religión, orientación sexual, origen, edad u otras causas protegidas.
- Despido en represalia por el ejercicio de derechos sindicales o por haber denunciado irregularidades en la empresa.
Cuando el juez declara un despido nulo, la empresa está obligada a readmitirte en tu puesto de trabajo en las mismas condiciones anteriores, además de abonarte todos los salarios que dejaste de cobrar durante el tiempo que duró el proceso. En algunos casos, también puede corresponder una indemnización adicional por daños y perjuicios.
Si crees que te encuentras en alguna de estas situaciones, contacta con nosotros cuanto antes. El plazo para actuar es corto y las consecuencias de no hacerlo pueden ser irreversibles.
Revisión de tu carta de despido: el primer paso clave
La carta de despido es el documento más importante del proceso. Su análisis detallado puede marcar la diferencia entre ganar o perder tu reclamación. En Juristas Laboralistas estudiamos cada carta de despido con rigor, verificando los siguientes aspectos:
- Forma: si se han cumplido los requisitos formales exigidos por la ley (forma escrita, fecha de efectos, etc.).
- Causas alegadas: si los motivos indicados son concretos, reales y suficientemente graves como para justificar un despido.
- Plazos: si la empresa ha respetado los plazos legales para comunicar el despido desde que tuvo conocimiento de los hechos.
- Procedimiento: si se han seguido los trámites específicos exigidos por el convenio colectivo o por la ley (expediente disciplinario, audiencia previa, etc.).
Un defecto en cualquiera de estos puntos puede ser suficiente para que el juez declare el despido improcedente, con independencia de si la causa alegada fuera real o no. No tomes ninguna decisión sin que un abogado haya revisado tu carta.
Si has recibido la carta de despido y te piden que la firmes, hazlo siempre añadiendo la expresión «No conforme» junto a tu firma. Esto no impide que el despido sea efectivo, pero deja constancia de que no aceptas los motivos alegados por la empresa. No firmar o firmar sin esa indicación puede complicar tu defensa posterior. Es un gesto sencillo que protege tus derechos desde el primer momento.
¿Cuánto te corresponde cobrar? Cálculo de la indemnización por despido improcedente
Una de las primeras preguntas que se hace cualquier trabajador despedido es cuánto dinero le corresponde. La indemnización por despido improcedente se calcula aplicando la siguiente fórmula legal:
- 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.
33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.
Para los contratos celebrados antes del 12 de febrero de 2012, la parte de la antigüedad anterior a esa fecha se calcula a razón de 45 días por año trabajado, con un máximo de 42 mensualidades para ese tramo.
El salario que se toma como base incluye el salario bruto anual dividido entre 365, multiplicado por los días que correspondan. En él se tienen en cuenta conceptos como el salario base, complementos fijos, pagas extraordinarias y, en algunos casos, la media de las horas extraordinarias o comisiones habituales.
Además de la indemnización, la empresa debe abonarte el finiquito, que incluye:
- Los días trabajados del mes en curso.
- La parte proporcional de las pagas extraordinarias no devengadas.
- Las vacaciones no disfrutadas.
- Cualquier otro concepto salarial pendiente.
- Revisa siempre el finiquito antes de firmarlo. Una firma sin reservas puede suponer la renuncia a derechos que todavía te corresponden. Nuestros abogados revisarán ambos documentos para que no pierdas ni un euro de lo que te pertenece.