- Te reúnes (presencial u online) con un abogado experto. Escuchamos tu situación y detectamos inmediatamente si hay fraude de ley o cesión ilegal de trabajadores.

Abogados especialistas en subrogación empresarial en Sevilla
¿Necesitas reclamar tus derechos? Tenemos la mejor estrategia jurídica.
¿Te acaban de comunicar que tu empresa ha sido comprada, absorbida o que cambia la contrata? Es normal sentir incertidumbre. En Juristas Laboralistas, como el despacho laboralista de referencia en Andalucía, sabemos que el cambio de titularidad de una empresa es uno de los momentos más críticos para un trabajador.
La ley es clara: tus derechos no pueden desaparecer por un cambio de jefe. Si necesitas asegurar que tu antigüedad, tu salario y tus condiciones se respetan al milímetro en este proceso, tenemos la estrategia jurídica que necesitas. Contamos con una tasa de éxito superior al 93% en la defensa de los derechos laborales.
¿Tienes sobre la mesa un documento de la nueva empresa y no sabes si firmar?
Contacta Ahora¿Qué es exactamente una sucesión o subrogación de empresa?
La sucesión o subrogación empresarial ocurre cuando se produce la transmisión de una empresa, un centro de trabajo o una unidad productiva autónoma. Es decir, la entidad para la que trabajas cambia de dueño.
Esto es especialmente común en Sevilla y su provincia en sectores de externalización y servicios, tales como:
– Contratas y concesiones públicas (Junta de Andalucía, Ayuntamientos, SAS).
– Servicios de limpieza, seguridad y mantenimiento en polígonos empresariales (como el Parque Empresarial PISA o Polígono La Isla en Dos Hermanas).
– Hostelería, comercio y sector servicios.
La normativa laboral (artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores) establece que el nuevo empresario está obligado a subrogarse (asumir) los contratos de trabajo y las obligaciones de la empresa anterior.
Tus 3 derechos intocables ante un cambio de empresa
Cuando pasas a formar parte de la nueva plantilla, la ley te protege. Estas son las líneas rojas que la nueva directiva no puede cruzar sin consecuencias legales:
– Mantenimiento de la Antigüedad: Tu fecha de inicio en la empresa sigue siendo la del primer día que entraste en la empresa original. Esto es vital para el cálculo de una futura indemnización por despido.
– Respeto a tu Salario y Categoría: No pueden bajarte el sueldo ni degradarte de puesto usando el cambio de empresa como excusa.
– Conservación de Condiciones Adquiridas: Pluses, horarios pactados, reducciones de jornada por cuidado de hijos… todo debe mantenerse intacto.
Nunca firmes una baja voluntaria ni un nuevo contrato sin que lo revise un abogado laboralista.
Contacta Ahora¿Te pueden despedir o cambiar las condiciones por la subrogación?
Rotundamente no. El mero hecho de que la empresa cambie de manos no es una causa legal para despedirte. Si te despiden bajo esta excusa, el despido podría ser declarado nulo o improcedente.
Sin embargo, tras la subrogación, la nueva empresa podría intentar aplicar una Modificación Sustancial de las Condiciones de Trabajo (MSCT) por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Si esto ocurre, el plazo legal para impugnarlo judicialmente es muy corto (sólo 20 días hábiles). El tiempo corre en tu contra.
Cómo trabajamos tu caso de subrogación
- Analizamos con lupa los pliegos de condiciones (si es contrata pública), la hoja de prescripciones técnicas, tu contrato original, nóminas y las cartas de subrogación enviadas por ambas empresas.
- Te indicamos tus opciones reales, calculamos tus derechos económicos y trazamos la estrategia (negociación, reclamación de cantidad o demanda judicial).
- Si la empresa vulnera tus derechos, asumimos toda la carga legal. Redactamos la papeleta de conciliación (CMAC) y, si es necesario, defendemos tu puesto y tu dinero ante los Juzgados de lo Social de Sevilla.
Opiniones de nuestros clientes
Preguntas frecuentes
No. Por regla general, el nuevo empresario asume tus condiciones tal y como estaban. Tu salario base, pluses, antigüedad y horario deben mantenerse intactos. Si la nueva empresa quiere aplicar cambios, debe iniciar un procedimiento formal de «Modificación Sustancial de las Condiciones de Trabajo», y para ello necesitas asesoramiento legal inmediato porque solo tienes 20 días hábiles para impugnarlo.
Rotundamente no. Esta es una de las trampas más comunes. Tu contrato original sigue siendo plenamente válido; la nueva empresa solo debe comunicarte por escrito el cambio de titularidad. Nunca firmes un contrato nuevo que incluya un periodo de prueba, ya que podrían despedirte gratis al día siguiente alegando que no lo has superado.
Ambas empresas. La ley establece una responsabilidad solidaria durante tres años tras la transmisión. Esto significa que puedes reclamar esa deuda salarial tanto al dueño antiguo como al nuevo. En Juristas Laboralistas nos encargamos de dirigir la reclamación contra ambas partes para asegurar que cobras hasta el último céntimo.
Cuidado con esto. Como trabajador, no puedes «vetar» el cambio de empresa. Si simplemente decides no presentarte a trabajar con el nuevo dueño, se considerará una baja voluntaria: perderás el derecho a indemnización y no podrás cobrar el paro. Solo podrías extinguir tu contrato con indemnización si la nueva empresa cambia drásticamente tus condiciones (horario, turnos, traslados geográficos).
El cambio de empresa no justifica un despido. Si te despiden el primer día alegando «que no encajas en la nueva plantilla», estaremos ante un despido nulo o improcedente. La nueva empresa hereda tu antigüedad real, por lo que si deciden despedirte por causas ajenas a la subrogación (por ejemplo, causas disciplinarias u objetivas reales), tendrán que pagarte la indemnización calculada desde tu primer día en la empresa original.
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