
Lista de Enfermedades para Incapacidad Permanente (2026)
Si te estás preguntando si la Seguridad Social tiene publicada una lista oficial de enfermedades para solicitar la incapacidad permanente absoluta en 2026 (y de cualquier grado), la respuesta corta es no.
Actualmente, no existe un catálogo cerrado que garantice el acceso directo a una pensión, ya sea en su grado parcial, total, absoluta o gran invalidez (ahora gran incapacidad)
Sin embargo, en la práctica médica y legal sí tenemos un conjunto de enfermedades que comúnmente dan lugar a pensiones de incapacidad permanente
Esto se debe a que son enfermedades que, por su gravedad y secuelas, suelen obtener resoluciones favorables tanto por la vía administrativa (ante el INSS) como en los tribunales.
El diagnóstico no es lo único que importa: ¿Cómo te limita?
Es fundamental entender un principio básico del derecho laboral: las pensiones por incapacidad no se conceden simplemente por tener un diagnóstico médico concreto, sino por cómo esa patología te afecta y limita la capacidad para trabajar.
De la misma forma, el impacto de una lesión puede derivar en grados de incapacidad muy distintos dependiendo de la profesión habitual del solicitante.
Enfermedades más comunes que pueden dar lugar a una incapacidad
Teniendo en cuenta que lo que se valora es la limitación para trabajar, hemos elaborado una tabla de enfermedades para incapacidad permanente que reúne las dolencias clínicas con mayor índice de éxito a la hora de reclamar esta pensión.
Estas afecciones abarcan múltiples especialidades médicas, destacando áreas como:
- Cardiología
La mayoría de enfermedades cardiológicas conducen a incapacidad permanente total. En los casos en los que se recomiende no realizar ningún esfuerzo ni trabajar en ambientes de mínimo estrés, se concederá incapacidad permanente absoluta por cardiopatías.
- Psiquiatría y salud mental
Las enfermedades mentales suelen dar lugar a los grados total y absoluta. En rara ocasión se concede gran incapacidad (antogua Gran invalidez) por enfermedades mentales.
- Traumatología
Depende de las lesión se podrá conseguir incapacidad permanente parcial (podremos seguir trabajando en nuestro puesto), total (deberemos cambiar de profesión), o absoluta (no podremos trabajar en ninguna profesión
- Neurología
El deterioro cognitivo, la niebla mental y las pérdidas amnésicas (de memoria), parkinson, temblor distónico ( y muchas otras) si son crónicas, dan lugar a incapacidad permanente total. En los casos más graves, a incapacidad absoluta.
- Reumatología
La fibromialgia, el síndrome de fatiga crónica, la artritis reumatoide, la artrosis crónica son algunas de las muchas enfermedades que suelen conducir a incapacidad permanente total. En los casos más graves a incapacidad permanente absoluta.
- Oncología
Lo que realmente valora la Seguridad Social son las secuelas derivadas del tratamiento contra el cáncer (quimioterapia, radioterapia, inmunoterapia, etc.) Si una vez finalizado el tratamiento, tus limitaciones continúan, puedes solicitar incapacidad permanente.
Antes de pasar al listado alfabético completo de estas patologías, resulta muy útil analizar cómo se resuelven estos expedientes en la vida real.
5 ejemplos de casos reales en los tribunales
Para ilustrar mejor qué tipo de enfermedades causan una incapacidad permanente absoluta o de otros grados, hemos seleccionado diversas sentencias judiciales conseguidas por nuestro despacho.
Puedes acceder a nuestra sección de Sentencias de incapacidad permanente propias aquí.
Todos los trastornos mencionados en estos 6 casos de éxito forman parte del cuadro médico que encontrarás más abajo.
- Incapacidad Permanente Absoluta por Lumbalgia crónica
- Incapacidad Permanente Absoluta por Cáncer renal
- Incapacidad Permanente Absoluta por depresión
- Incapacidad Permanente Absoluta por Trastorno Obesivo-compulisvo (TOC)
- Incapacidad Permanente Total por Hipoacusia
⚠️ Importante: El hecho de que tu dolencia no figure en nuestra tabla no significa que no tengas derecho a una prestación.
Cualquier patología limitante puede ser motivo de incapacidad. La clave es realizar una evaluación exhaustiva y personalizada, caso por caso.
Si tienes dudas sobre tu situación, puedes solicitarnos valoración legal para conocer si podemos conseguir tu incapacidad permanente.
Pensión por enfermedad crónica: Consulta el listado completo
Una vez aclarados los criterios que determinan qué patologías dan lugar a incapacidad permanente, a continuación te presentamos nuestra lista de las enfermedades incapacitantes más habituales, organizadas por orden alfabético para facilitar tu búsqueda:
Ansiedad
Agorafobia
Albinismo
Alcoholismo
Alzheimer
Aniridia
Apnea del Sueño
Artritis Reumatoide
Artrosis cervical
Ataxia
Cáncer de mama
Cáncer de pulmón
Cancer renal
Cancer de médula ósea
Cardiopatía Isquémica
Condromalacia Rotuliana
Depresión
Diabetes
Distimia
Distrofia de conos y bastones
Enfermedad de Behçet
Enfermedad de Crohn y Colitis ulcerosa
Enfermedad de Huntington
Enfermedades hepáticas
Enfermedades renales
Epilepsia
EPOC
Esclerosis Múltiple
Escoliosis
Espondilitis anquilosante
Espondilosis degenerativa
Esquizofrenia
Estenosis foraminal
Fibromialgia
Fibrosis quística
Hepatitis autoinmune
Hernia discal
Ictus
Lesión medular
Lumbalgia crónica
Lupus
Maculopatía
Migraña
Miopía Magna
Narcolepsia
Neuropatía cubital
Parkinson
Postpolio
Radiculopatía Lumbar
Retinopatía diabética
Retinosis pigmentaria
Rizartrosis
Síndrome de Ehlers-Danlos
Síndrome de Goldmann-Favré
Síndrome de cola de caballo
Síndrome de Marfan
Síndrome de Ménière
Síndrome de Raynaud
Síndrome de Sjögren
Síndrome de Südeck
Síndrome de Tourette
Síndrome del túnel carpiano
Síndrome subacromial
Siringomielia y Arnold Chiari
Stargardt
Trastorno Adaptativo Mixto
Trastorno bipolar
Trastorno de ansiedad
Trastorno Límite de la Personalidad (TLP)
Preguntas frecuentes sobre Tabla de enfermedades para incapacidad permanente
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¿Cuáles son los requisitos básicos para solicitar la incapacidad permanente?
Para tramitar esta pensión ante el INSS en 2026, necesitas cumplir tres criterios fundamentales: estar de alta o situación asimilada en la Seguridad Social, presentar secuelas graves y definitivas tras el alta médica, y acreditar un periodo mínimo de cotización (exento si la causa es accidente o enfermedad profesional).
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¿Qué diferencia hay entre los grados de incapacidad permanente?
La Seguridad Social establece cuatro grados en función de tu limitación funcional:
Parcial: Reduce tu rendimiento al menos un 33%, pero mantienes tu puesto de trabajo.
Total: Te impide realizar tu profesión habitual, pero permite trabajar en otra distinta.
Absoluta: Te inhabilita por completo para cualquier tipo de oficio o profesión.
Gran Invalidez (ahora denominada «gran incapacidad»): Inhabilita para trabajar y requiere la asistencia de un tercero para las actividades básicas diarias.
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¿Cuánto se cobra de pensión según el grado concedido?
La cuantía se calcula en base a tu base reguladora y el grado reconocido por el Tribunal Médico:
Parcial: Indemnización única a tanto alzado (24 mensualidades).
Total: Pensión del 55% de la base (ampliable al 75% si tienes más de 55 años).
Absoluta: Pensión del 100% de la base reguladora.
Gran Invalidez: 100% de la base más un complemento económico destinado a tu cuidador.
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¿Es compatible cobrar una incapacidad permanente y seguir trabajando?
Sí, dependiendo del grado. La Incapacidad Total es compatible con profesiones distintas a la habitual. En los grados de Absoluta y Gran Invalidez, no es posible desempeñar otra ocupación.
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¿Cuánto tiempo tarda el INSS en resolver un expediente?
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) tiene un plazo legal máximo de 135 días hábiles para notificar la resolución tras la evaluación del Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI). Si se supera este plazo sin contestación, la solicitud se entenderá denegada por silencio administrativo.
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¿Qué hago si me deniegan la pensión o el grado reconocido?
El primer paso legal es presentar una Reclamación Previa ante el INSS en un plazo máximo de 30 días hábiles. Si la desestiman (o no responden en 45 días), se agota la vía administrativa. A partir de ahí, deberás acudir a la vía judicial interponiendo una demanda ante los Juzgados de lo Social.

Socio Director del Bufete Juristas Laboralistas desde 2007, experto laboralista con más de 15 años de experiencia en derecho laboral y seguridad social. Experto por la Universidad Pablo de Olavide y Máster en Régimen jurídico de sociedades laborales. Colabora habitualmente con medios de comunicación como EL PAIS; Cadena COPE, Cadena SER, La Sexta, Antena 3 y Canal Sur TV y Radio.
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