Sentencia INCAPACIDAD TOTAL COMERCIAL
Los y las comerciales (y profesiones relacionadas) requieren de requisitos psíquicos y físicos elevados. Cómo todo el mundo conoce, los comerciales son los encargados de negociar y cerrar ventas, por lo que se les exige una capacidad y agilidad mental plena. Pero además se le exige una alta capacidad de resolución de problemas, proactividad y en general ser personas capaces de convencer, al contrario. Por ello, cuando nos encontramos ante enfermedades mentales que anulan las capacidades para ser comercial, debemos solicitar incapacidad permanente. Por ello, para conseguir Sentencia Incapacidad total comercial es necesario que no exista la posibilidad de desarrollar este tipo de funciones.
Hoy analizamos nuestra última sentencia favorable, incapacidad permanente total para comercial
Sentencia incapacidad total comercial
Nuestra clienta ha conseguido la incapacidad permanente en grado total para su profesión de agente comercial. Padece el siguiente cuadro clínico: Trastorno de conducta alimentaria (TCA), trastorno distímico (distimia), Trastorno por déficit de atención e hiperactividad severa (TDAH), depresión mayor. Pero además sufría enfermedades de origen físico como trastorno digestivo por posible enfermedad de Crohn colónico, hidradenitis supurativa y eritema nodoso.
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El problema
Dada las enfermedades psíquicas de nuestra clienta, solicitó incapacidad permanente que le fue denegada en el mes de noviembre de 2020, por lo que acudió a nuestro despacho para el estudio de la posibilida de conseguir Sentencia Incapacidad total comercial.
Nuestra clienta, en paro y en trámites de divorcio se encontraba desamparada. El conjunto de sus enfermedades le imposibilitaban trabajar como comercial ya que no tiene capacidad para negociar, convencer, cerrar ventas o mantener la concentración en ninguna reunión de empresa.
Una vez estudiado el caso, le indicamos a nuestra clienta que aceptábamos el caso y comenzábamos la vía de recurso.
Resolución denegatoria del INSS
Dado que nuestra clienta fue la que presentó “los papeles” ante el INSS, comenzamos impugnando la resolución por la que le denegaron la incapacidad permanente.
La propia Resolución denegatoria, Dictamen propuesta e Informe Médico de Síntesis, denegaban la incapacidad permanente para comercial bajo la excusa habitual De “no ser las lesiones que padece susceptibles de determinación objetiva o previsiblemente definitivas”, o lo que es lo mismo, el INSS desestima la incapacidad por entender que las lesiones que padece nuestra clienta no son permanentes y pueden recuperarse.
Demanda judicial de incapacidad permanente total
Dado que el INSS desestimó el recurso de Reclamación previa, procedimos a presentar demanda judicial ante el Juzgado de lo Social de Cádiz.
Posteriormente la demanda se turnó al Juzgado de lo Social nº 2 de Cádiz y se celebró juicio el pasado 24-4-2023, consiguiente incapacidad permanente total para comercial.
Dado que nuestro despacho de abogados entendió que las limitaciones de origen psíquicos eran suficientemente severas para la incapacidad permanente total, se argumentó en sede judicial que nuestra clienta venía tratándose en la Unidad de Salud Mental Pública desde 2016, con más de 15 cambios periódicos de medicación, acreditando documentalmente que lejos de haber mejorado, sus enfermedades mentales habían venido agravándose con el paso del tiempo.
Por ello además de conseguir incapacidad permanente total para comercial, se probó que las limitaciones, a fecha de juicio eran definitivas y se encontraban totalmente objetivadas.
Sentencia favorable
Pocos días después del juicio, se nos notificó sentencia favorable por la que se concedía incapacidad permanente para comercial a nuestra clienta.
La sentencia obtenida fundamenta que las lesiones psíquicas que padece son estables y de larga evolución e impiden o limitan la actividad laboral de comercial, por exigirse para ella gran capacidad de concentración y coordinación.
De esta forma, el Juez fundamentó lo siguiente:
“Nadie duda de la duración de sus dolencias psíquicas (personales y en el ámbito familiar) y físicas; ni de sus esfuerzos para evitarlos o aminorarlos, con tratamientos que la demandante está siguiendo; pero nuestro debate es si puede ser Agente comercial o si puede realizar algún trabajo que sea sedentario lo físico y sin estrés mental.
En nuestro caso con esos hechos Probados, entiendo con las dolencias crónicas psíquicas que sufre no tiene la capacidad de dinamismo para un trato optimista constante y ágil que exige una profesión, agente comercial; por tanto, veo claro que no tenía capacidad a ese desarrollo y por tanto con el derecho a ser calificada de incapacidad permanente total de su profesión habitual con la base indicada y efectos desde el dictamen propuesta del 29 de octubre de 2020”
Dado que es menor de 55 años, comenzará a cobrar una pensión del 55% de su base reguladora y, al cumplir 55 años, aumentará hasta el 75%.
Pero, además, la incapacidad permanente total para comercial incapacita a nuestra clienta para volver a trabajar como comercial, pero es compatible con cualquier otra profesión.
Socio Director del Bufete Juristas Laboralistas desde 2007, experto laboralista con más de 15 años de experiencia en derecho laboral y seguridad social. Experto por la Universidad Pablo de Olavide y Máster en Régimen jurídico de sociedades laborales.
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